ADMISIÓN
La Maestría en Ciencias Sociales y Humanidades se encuentra en el Sistema Nacional de Posgrados los y las aspirantes aceptadas podrán solicitar una beca de la Secretaría de Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación una vez que se hayan inscrito. La solicitud de becas se hará con apego a los criterios de la convocatoria nacional de becas.
CONVOCATORIA PARA INGRESO A LA MAESTRÍA EN CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES (DCSH) 2025
CONVOCATORIA
DESCARGA LOS FORMATOS
Carta compromiso
de aceptación de término
Carta compromiso
de dedicación de tiempo completo
Guía de proyecto
Maestría 2025
Perfil de ingreso
La Maestría está dirigida a egresados de licenciatura con interés por la investigación en ciencias sociales y humanidades. Los interesados deberán demostrar habilidades para realizar y evaluar trabajos de investigación en el campo de las ciencias sociales y las humanidades, mediante los instrumentos teóricos y metodológicos adecuados; formular y llevar a cabo proyectos de investigación específicos de manera independiente y desde una perspectiva intra, inter y transdisciplinaria; así como para delimitar conceptualmente, analizar y explicar fenómenos sociales.
Perfil de egreso
El Programa busca consolidar investigadores de primer nivel en las ciencias sociales y las humanidades, capaces de realizar investigaciones originales, independientes y de alta calidad, que contribuyan a la generación del conocimiento, así como a la búsqueda de soluciones a los problemas de la realidad humana con el propósito de contribuir al desarrollo de nuestra sociedad, mediante la innovación de enfoques, categorías de análisis y metodologías de investigación y el apoyo a una docencia universitaria de calidad.
Información para aspirantes a la Maestría 2025
- Solicitud de admisión de Sistemas Escolares
- Solicitud de Información Académica
- Instructivo guía examen Inglés
- Guía de Evaluación de Diagnóstico de Escritura y Argumentación (EDEA)
Esta convocatoria se rige por la Legislación Universitaria y por todos los acuerdos emanados de órganos colegiados y unipersonales. Revisten particular importancia los artículos 5, 19, 28, 51 y 73 del Reglamento de Estudios Superiores de la UAM www.uam.mx/legislacion/res/index.html y el Acuerdo 101.7 de Colegio Académico, que en su propuesta 3 menciona: “…que quienes hayan sido dados de baja por la aplicación del artículo 10 fracciones III, IV, V y VI o del artículo 24 del Reglamento de Estudios Superiores a Nivel de Licenciatura, no podrán presentar nuevamente el examen de admisión.” (Esto se hace extensivo a nivel de posgrado).